sábado, 14 de septiembre de 2013

#REGLAS_FUTBOL explicadas: entrenadores y oficiales

Autor: Juan José Gómez Jiménez  Siguenos en Twitter: @arbitrofutbol y en #REGLAS_FUTBOL

Las cuestiones técnicas que se presentan son una réplica de las ya publicadas diariamente a través de nuestro perfil en Twitter @arbitrofutbol. Nuestro objetivo es acercarnos a las reglas de juego y hacer un análisis compartido. Si tienes alguna cuestión o pregunta técnica puedes mandárnosla a @arbitrofutbol, intentaremos resolverla.


1.- En España puede dar instrucciones técnicas desde el banquillo…

1. Sólo una persona a la vez.
2. Sólo el entrenador.

COMENTARIO: aunque en las Reglas de Juego 2013/2014 en el apartado <El Área Técnica> se señala que “solamente una persona a la vez estará autorizada para dar instrucciones técnicas”, el artículo 231 del Reglamento General de la RFEF <Personas que intervienen en el desarrollo del partido>, señala en su punto 2 que “únicamente el entrenador, entendiéndose como tal al que se encuentre en posesión de licencia de primer o segundo entrenador, tendrá la facultad de levantarse a dar instrucciones a su equipo. La vulneración de esta norma dará lugar a la depuración de responsabilidades en el ámbito Disciplinario”.


2.- Un jugador sustituido, ¿debe mantener su atuendo deportivo en banquillos?

1. Cierto.
2. Falso.
3. Depende.

COMENTARIO: el artículo 231 del Reglamento General de la RFEF <Personas que intervienen en el desarrollo del partido>, en su punto 2 señala que “ocuparán el banquillo de cada equipo el delegado del mismo, el entrenador, el segundo entrenador, el entrenador de porteros, el preparador físico, el médico, el ATS/DUE o fisioterapeuta, el encargado de material, los futbolistas eventualmente suplentes y, en su caso, los sustituidos, que deberán seguir vistiendo su atuendo deportivo.


3.- ¿Un jugador expulsado puede ver el partido desde la grada?

1. Sí.
2. No.
3. En algunos casos está permitido.

COMENTARIO: el artículo 113 <Doble amonestación con ocasión de un partido> en su punto 2 y el artículo 114 <Expulsión directa> en su punto 3, ambos del Código Disciplinario de la RFEF, señalan que “quienes sean expulsados deberán dirigirse a los vestuarios sin posibilidad de presenciar el partido desde la grada. El incumplimiento de la citada obligación será objeto de sanción entre uno y tres partidos de suspensión, con la multa pecuniaria accesoria”.


4.- ¿Todos los técnicos tras ser expulsados deben dirigirse a vestuarios sin tener posibilidad de presenciar el partido desde la grada?
1. Sí.
2. Algunos pueden verlo.
3. Depende categoría.

COMENTARIO: el artículo 231 del Reglamento General de la RFEF, en su punto 5 señala que de la obligación de dirigirse a los vestuarios tras ser expulsados “se exceptúan los médicos, ATS/DUE o fisioterapeutas de los equipos contendientes, quienes si bien no podrán seguir ocupando un puesto en el banquillo, podrán seguir presenciando el mismo y prestar sus servicios cuando así se lo requiera el árbitro”. Con esta excepción se persigue que un jugador pueda ser atendido como consecuencia de un lance del juego. El resto de técnicos expulsados NO podrán permanecer en la grada y deberán dirigirse a vestuarios.

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